CONCURSO NACIONAL DE PROYECTOS
DE FOMENTO DEL LIBRO Y LA LECTURA
BASES 2004


CONVOCATORIA.

El Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.227 y el D.S. de Educación N° 587 de 1993, convoca al Concurso Nacional de Proyectos de Fomento del Libro y la Lectura para el año 2004.

El concurso se desarrollará en el marco del respeto a la diversidad social, étnica, de género; así como a la diversidad estética y de pensamiento en la promoción de una lectura plural y diversa. En él podrán participar personas jurídicas de derecho público o privado y/o personas naturales chilenas, residentes en Chile o en el extranjero, y extranjeros residentes en el país, según lo estipulado en cada una de las áreas de postulación.

1. ANTECEDENTES GENERALES.

1. Cada área de postulación señala taxativamente la descripción de los proyectos pertinentes y la categoría de los postulantes, debiendo respetarse estrictamente los requisitos solicitados.

2. Para su financiamiento, según el área o sub-área a la que postulen, los proyectos tienen montos máximos de solicitud de recursos. La petición de los mismos debe estar estrictamente ceñida a los requerimientos de ejecución de la postulación, de acuerdo a un plan de financiamiento y de producción con su correspondiente cronograma de actividades, todo lo cual será calificado por el Comité Evaluador y ratificado finalmente por Consejo Nacional del Libro y la Lectura. Los gastos de inversión deben respaldarse con tres cotizaciones por cada rubro solicitado. Los gastos de honorarios tendrán un monto máximo y serán estimados en relación a las horas de trabajo propuestas, la labor que se remunera y el currículo del ejecutor. Este año, el monto máximo a solicitar por honorario mensual es de $450.000 (cuatrocientos cincuenta mil pesos), impuestos incluidos, exceptuando los postulantes a las áreas de apoyo a la creación literaria y apoyo al perfeccionamiento.

3. Los proyectos aprobados deberán ejecutarse en un plazo máximo de seis meses, a contar de la fecha de suscripción del respectivo convenio de ejecución, teniendo como fecha de término el 31 de diciembre de 2004. Excepcionalmente, se contempla un plazo de ejecución de hasta doce meses para aquellos proyectos de infraestructura y de edición de libros o revistas.

4. Los proyectos que comprometan, afecten o incluyan la utilización de obras protegidas por la ley de propiedad intelectual y cuyos titulares de derecho de autor sean personas distintas del responsable del proyecto, deberán incluir en la postulación una autorización notarial del titular de los derechos para utilizar dichas obras. En el caso de proyectos presentados por chilenos residentes en el extranjero, tal trámite deberá cumplirse ante el cónsul respectivo. La autorización deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley 17.336 de Propiedad Intelectual y se exigirá siempre que el proyecto afecte derechos de autor de terceros, se} perjuicio de las excepciones contempladas en el P6rrafo lIl de la señalada ley. En caso de plagio, delito o falta similar detectada con posterioridad, los recursos deberán ser devueltos al Estado, además de las consecuencias legales correspondientes que deberá asumir el responsable del proyecto.

5. Los proyectos que impliquen remozamientos, habilitación u otros cambios en el inmueble, sala de lectura o biblioteca, deberán considerar el respeto a las nominativas para acceso a discapacitados, según las recomendaciones del Fondo Nacional de Discapacitados (FONADIS).

6. El Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura financiará, total o parcialmente, proyectos, programas y acciones en las siguientes áreas:

1. Fomento Bibliotecario: Comprende acciones destinadas a crear, implementar, desarrollar y/u optimizar bibliotecas que sean de carácter público y participativas, especialmente en sectores con dificultades para el acceso a los bienes culturales por razones socioeconómicas, geográficas u otras.

2. Fomento de la Lectura: Comprende acciones destinadas a incentivar y promover la lectura en la comunidad, a través de actividades de extensión bibliotecaria como cajas viajeras, bibliotecas móviles, y otras actividades innovadoras y eficaces que otorguen una atención especial a niños y niñas, adultos mayores y, en general, a los sectores marginados o con dificultades para el acceso a los bienes culturales por razones socioeconómicas, geográficas u otras.

3. Fomento del Libro: Comprende acciones destinadas al fomento del libro como patrimonio, bien e industria cultural nacional, a través de la promoción, producción, distribución y difusión de éste dentro de la comunidad local, regional, nacional o internacional.

4. Apoyo a la Creación Literaria: Comprende el otorgamiento de becas para escritores(as) inéditos(as) (noveles) y escritores(as) editados(as) (profesionales) para desarrollar un proyecto de creación literaria.

5. Apoyo al Perfeccionamiento: Comprende acciones destinadas a incentivar y promover el intercambio de experiencias, la formación académica, la capacitación y el perfeccionamiento de los diversos agentes de divulgación, promoción y desarrollo del libro y la lectura (escritores(as), profesorado, bibliotecarias(os), editores, monitores de talleres de creación y lectura, libraros, gestores culturales), por medio del financiamiento de becas, pasantías y proyectos de capacitación

II. AREAS DE POSTULACIÓN:

1. FOMENTO BIBLIOTECARIO:

Podrán presentarse solo Personas Jurídicas, a una de las siguientes sub-áreas.

1.1. Creación de bibliotecas públicas: Comprende la creación y/o puesta en funcionamiento de bibliotecas públicas en comunas que no cuenten con ellas. Se aceptara la creación de bibliotecas amplias - es decir, para el servicio escolar y comunitario - en establecimientos educacionales municipalizados, cuya biblioteca estará expresamente abierta a la comunidad, durante todo el año con una oferta bibliográfica respetuosa de la diversidad cultural.

El proyecto presentado deberá contemplar la o las necesidades que se requieren para crear una biblioteca pública.

El proyecto deberá considerar, como mínimo, las siguientes secciones: sala de lectura general, bibliografía de referencias, mesón de circulación o área de préstamo, sala de multimedia, rincón infantil, rincón de adulto mayor, todo ello de acuerdo a la normativa de la Sub Dirección de Bibliotecas Públicas.

Además, deberá incluir un Proyecto de Gestión, por un plazo mínino de tres años, financiado por la institución que presenta el proyecto u otra, con el objeto de asegurar el funcionamiento y la consolidación permanente del centro bibliotecario. Este compromiso se debe acreditar al momento de postular.

Por último, la futura biblioteca publica deberá estar conectada a la red de bibliotecas públicas dependientes de la Sub Dirección de Bibliotecas Públicas de la DIBAM.

Financiamiento: Monto máximo de postulación: $40.000.000.

La entidad postulante deberá garantizar una contraparte financiera del 30% del costo dei proyecto.

Documentación:

La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo:

a) Documentos legales que acrediten el derecho de propiedad y/o uso de las dependencias e inmueble, según corresponda (certificados de dominio, certificado de transferencia en uso gratuito, entre otros).

b) Planos arquitectónicos, avalados por la Dirección de Obras, especificaciones técnicas y partidas
presupuestarias por item.


c) Compromiso de contratación de personal mínimo para el funcionamiento de la biblioteca.

 

1.2. Habilitación de bibliotecas públicas existentes: Contempla el financiamiento para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y atención al público, especialmente infantil, adulto mayor y discapacitado: iluminación, señalética, remodelaciones, ambientación, estanterías abiertas, mobiliario, áreas multimedial y audiovisual, equipos de sonido.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $10.000.000.

Documentación: La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo: a) Lista de las obras que serán adquiridas, con su respectivo año de edición. b) Tres (3) cotizaciones debidamente acreditadas que indiquen precios y editoriales. c) Completar los datos solicitados en el Anexo 1: Identificación de Biblioteca Pública.

 

1.3. Compra de material bibliográfico: Deberá adjuntarse obligatoriamente lista de las obras que serán adquiridas y sus tres precios referenciales. A ella deberán anexarse 3 cotizaciones debidamente acreditadas que indiquen precios y editoriales. El Consejo Nacional del Libro y la Lectura no financiará textos escolares. Se privilegiará la adquisición de autores regionales y nacionales.

Monto máximo de postulación: $2.000.000.

Documentación:
La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo: a) Lista de las obras que serán adquiridas, con su respectivo año de edición. b) Tres (3) cotizaciones debidamente acreditadas que indiquen precios y editoriales. c) Completar los datos solicitados en el Anexo 1: Identificación de Biblioteca Pública.

 

1.4. Creación e implementación de salas de animación a la lectura: Dirigidas a pre?escolares, niños y jóvenes en educación formal en niveles pre?básico, básico y medio de establecimientos municipalizados y de corporaciones municipales de educación. Dichas salas deberán implementarse al interior de los establecimientos, en la biblioteca escolar u otro espacio apropiado.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $5.000.000.

Documentación:
La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá
con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo:
a) En el caso de remodelaciones, deberá adjuntarse especificaciones técnicas con las correspondientes partidas
presupuestarias por item.
b) Tres (3) cotizaciones debidamente acreditadas que indiquen precios de los bienes o servicios.
c) Se debe adjuntar un programa detallado de animación a la lectura a realizar en la sala que se implementará.

 

2. FOMENTO DE LA LECTURA:

Podrán postular Personas Naturales y Jurídicas que presenten proyectos referidos a promoción de la lectura a nivel local o reglonal, cuyo énfasis sea el acercar el libro y la lectura a la comunidad a través de las siguientes modalidades:

2.1. Implementacion de iniciativas móviles: Se financiarán programas que incluyan bibliotecas móviles, bibliobuses, bibliolanchas, bahúles viajeros, bibliotriciclos, cajas viajeras, entre otras iniciativas de extensión bibliotecaria que promuevan el libro y su lectura de un modo permanente, en sectores marginados o privados del acceso a los bienes culturales por razones socioeconómicas, geográficas u otras. Estos programas podrán ser presentados por Personas Jurídicas o Personas Naturales asociadas con Personas Jurídicas.

En el caso de que el proyecto haya sido adjudicado a una persona natural y contemple la adquisición de bienes, se dejará expresamente establecido al momento de suscripción del contrato que, una vez finalizado el proyecto, dichos bienes pasarán a formar parte del patrimonio de la biblioteca regional, biblioteca pública comunal o


Corporación Municipal de Educación respectiva, por un periodo de 12 meses, con el fin de asegurar la continuidad del proyecto

Finalizado ese plazo y si el Consejo determina que los bienes no son utilizados en pro de la comunidad, éste tendrá la facultad de redestinarlos en forma definitiva a la Sub Dirección de Bibliotecas Públicas.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $ 10.000.000.

Documentación:
La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo: a) Compromiso de las instituciones patrocinantes (municipio y biblioteca pública) que garanticen las autorizaciones y facilidades para la ejecución del proyecto y el uso ulterior de los bienes adquiridos en fundón de la continuidad del proyecto.

2.2. Iniciativas de carácter sociocultural: Destinadas a promover el libro, la lectura y la creación literaria especialmente en los niños, niñas y jóvenes; y en sectores privados del acceso a los bienes culturales (centros hospitalarios, de reclusión, rehabilitación o similares) y en entidades que promuevan el desarrollo integral de la mujer y la juventud, el rescate de la cultura local y/o la preservación y difusión de culturas originarias.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $5.000.000.

Documentación: La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes, de lo contrario no cumplirá l con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior reclamo: ! a) Documentos de las instituciones respectivas que garanticen el compromiso de brindar a los ejecutores de los . proyectos, facilidades de lugar y horario para desarrollarlos.

23: Iniciativas artísticas de promoción del libro y la lectura: Financia proyectos innovadores y creativos que acerquen y promuevan el libro, la lectura y la creación ante la comunidad local, regional o nacional desde otras expresiones artísticas como las artes visuales, musicales o de la representación, así como desde el audiovisual, el cómic y otras expresiones artísticas juveniles y/o emergentes.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación :$4.000.000

3. FOMENTO DEL LIBRO:

Podrán postular Personas Naturales y Jurídicas según se indique, presentando proyectos en las siguientes sub áreas:

3.1. Apoyo a Ediciones: Se apoyará proyectos preferentemente de personas jurídicas En el caso personas naturales la postulación debe contemplar un compromiso de edición par ~ sello editorial En ambos casos se deberá garantizar la distribución y difusión de la obra si ésta es financiada. El Consejo contempla el apoyo a la publicación de obras destinadas a rescatar, destacar y difundir la literatura, la divulgación de sus diversos géneros, así como el patrimonio cultural, histórico y científico de Chile, a través del financiamiento de las siguientes sub?áreas:

3.1.1. Reedición de obras literarias relevantes de autores. Chilenos: como una acción de rescate patrimonial, de puesta en valor de la literatura regional y/o de reposición de la obra al público por su escasez o inexistencia en bibliotecas y librerías.


1.2. Publicación de obras inéditas: En el ámbito de las artes, dramaturgia, humanidades, ciencias sociales,
critica literaria, antologías y obras de divulgación científica, de autores chilenos que de acuerdo a su calidad,
ameriten el apoyo a la edición. En esta sub?área se contemplará el apoyo a la edición de obras literarias
bilingües en español y mapudungun, quechua, rapanui, aymara u otra lengua de nuestras culturas originarias.

Requisitos para el apoyo a ediciones de libros:

a) Especificaciones técnicas:

Formato : 12,5 x 19,5 cms.
Tapa texto : cartulina 220 - 250 grs Reverso blanco, temmolaminado o bamiz W
Papel texto : Bond 75 grs. o equivalente. Aproximadamente un 8%
Encuadernación : Lomo cuadrado, hot melt cosido.
Número de páginas : Libre
Tipo de letra : Libre

Catalogación en la contraportada
ISBN por titulo
ISBN por Serie

Leyenda : Consejo Nacional del Libro y la Lectura 2004 en portada adicional.

Precio (IVA incluido) Tapa posterior

En aquellas obras que consignen diversos logotipos (de editoriales, auspiciadores, patrocinadores, etc.) obligatoriamente se deberá incorporar el logotipo oficial del Consejo Nacional del Libro y la Lectura en igualdad de diseño y en el mismo espacio destinado a los otros. De no existir otros logotipos, es de carácter obligatorio incorporar el logotipo oficial del Consejo en la contraportada y tapa interior o portadilla de la obra.

Todas las obras deberán incorporar tabla de contenido o índice temático, si correspondiere. Asimismo, deberán incorporarse en las primeras páginas de la obra datos bio?bliográficos del(os) autor(es) o autora(s).

Excepcionalmente el Consejo podrá financiar obras en un formato diferente.

b) Requisitos de admisibilidad:

La postulación deberá acompañar de manera obligatoria una maqueta o anteproyecto de la obra de acuerdo a las especificaciones técnicas estipuladas, con el objeto de conocer el contenido, tipo de láminas, fotografías, entre otros; también el precio de referencia de venta al público de la obra subsidiada, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de piano, sin derecho a ulterior reclamo.

c) Condiciones de entrega de la obra editada: Al momento de editar la publicación, el responsable del proyecto deberá cumplir con las siguientes condiciones:

- La publicación debe incorporar en la contraportada la leyenda OBRA FINANCIADA CON EL APORTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2004 y su correspondiente logotipo.

- De la tirada publicada el Consejo Nacional del Libro y la Lectura recibirá 500 (quinientos) ejemplares sin costo, los que serán integrados al Sistema de Bibliotecas Públicas del País, dependientes de la DIBAM y de las Universidades miembros del Consejo de Rectores, entre otros

- En la portada interior o portadilla de cada uno de estos 500 ejemplares deberá incluirse la leyenda: "ESTE LIBRO ES UN APORTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO Y LA LECTURA A LAS BIBLIOTECAS PUBLICAS DEL País".


3.1.3 Publicación de revistas culturales: Comprende revistas nuevas (con plan de gestión que garantice la
sustentabilidad, al menos por un año) y aquellas que ya tengan trayectoria, cuya periodicidad sea al menos trimestral, y
su línea editorial contemple los ámbitos de la creación crítica y/o información literaria; la promoción de la lectura;
la divulgación científica y la creación artística.

Requisitos para el apoyo a ediciones de revistas:

Especificaciones técnicas:

Formato : Libre
Tapa texto : cartulina, couché u otro. Reverso blanco, termolaminado o bamiz W
Papel texto : Bond 75 grs. o equivalente. A4roximadamente un 8%
Encuadernación : Corchote (hasta 80 pp ). Más de 80 pp. Iomo cuadrado, hot melt cosido.
Número de páginas : libre
Tipo de letra : Libre

Catalogación en contraportada
ISSN por titulo

Precio (IVA incluido) Tapa posterior

En aquellas obras que consignen diversos logotipos (de editoriales, auspiciadores, patrocinadores, etc.) obligatoriamente se deberá incorporar el logotipo oficial del Consejo Nacional del Libro y la Lectura en igualdad de diseño y en el mismo espacio destinado a los otros. De no existir otros logotipos, es de carácter obligatorio incorporar el logotipo oficial del Consejo en la contraportada y tapa interior o portadilla de la obra.

Todas las obras deberán incorporar tabla de contenido o Índice temático, si correspondiere.

3.2. Promoción y Desarrollo de las Exportaciones de Libros Chilenos: Podrán presentarse proyectos que comprendan:

3.2.1. Iniciativas que contribuyen a la difusión y comercialización en el exterior de libros de autores(as) Chilenos(as), editados e impresos en Chile. Incluye, por ejemplo, la participación en ferias internacionales del libro, entre otros. Sólo podrán postular Personas Jurídicas.

Financiamiento: Monto máximo de postulación: $ 20.000.000.

3.2.2. Traducciones: Se financiará la traducción de obras editadas de autores nacionales a lenguas extranjeras, con compromiso editorial de la publicación bilingüe o en idioma extranjero. Podrán postular Personas Naturales y Jurídicas.
Financiamiento: Monto máximo de postulación: $ 2.000.000

3.2.3. Creación, implementación y mantención de paginas WEB, de libre acceso al publico, que promuevan La literatura chilena, difundan el libro chileno y fomenten la lectura. Podrán postular Personas Naturales y Jurídicas.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $ 3.000.000

3.3. Eventos de Fomento del Libro y la Lectura: Podrán postular Personas jurídicas y se financiarán proyectos referidos a: ;

3.3.1. Ferias del libro locales, regionales, nacionales, en las que participen como invitados escritores, académicos, empresarios vinculados a la actividad del libro, pequeños y medianos editores, distribuidores y bibliotecarios El Consejo sólo financiará parcialmente el evento.

Financiamiento:
Monto máximo de postulación: $8.000.000

3.3.2 Organización de eventos sobre el libro y la lectura: Congresos, seminarios, encuentros o programas a nivel regional, interregional, Nacional e internacional realizados en Chile, con escritores, bibliotecarios, editores, profesores, lectores y otros agentes culturales, con posibles desplazamientos a diferentes puntos del país, destinados a fomentar la creación literaria, la promoción de la obra de escritores chilenos, la celebración de efemérides literarias y de rescate patrimonial en este ámbito; así como la reflexión sobre la vinculación del libro con el desarrollo de la ciudadanía y la diversidad cultural.

Financiamiento:
Monto máximo postulación a nivel regional, interregional y nacional: $ 12.000.000
Monto máximo de postulación a nivel internacional: $ 12.000.000


4. APOYO A LA CREACIÓN LITERARIA

Podrán postular escritoras y escritores inéditos (noveles) y editados (profesionales) a una Beca del Consejo Nacional de Libro y la Lectura para desarrollar un proyecto de creación literaria en cualquier género Las categorías de postulaci6n son:

4.1. Escritor(a) novel inédito(a): Se considerará escritor novel aquel autor o autora que se inicia en la actividad literaria y que ya puede acreditar una incipiente obra inédita y trayectoria literaria inicial (participación en talleres, concursos, etc.). Se podrán presentar proyectos de creación literaria tanto de obras dirigidas a público adulto como a niños, niñas y jóvenes, a ser ejecutado en un plazo no superior a seis meses.

El o la solicitante deberá describir específicamente el trabajo literario al cual se dedicará en el período de ejecución de la beca, señalando brevemente la temática y características principales de la propuesta de creación literaria o conclusión de una obra (preparación de su primer libro). Los o las postulantes deberán acompañar a su solicitud, un capitulo de la obra o parte del poemario que se proponen concluir, o trabajos literarios que el o la autor(a) haya realizado anteriormente.

Financiamiento: Monto de la Beca: $1.000.000.

 

4.2 Escritor(a) profesional editado(a): Se considerara escritor profesional a aquel autor o autora que cuente con libros publicados de su sola autoría y con trayectoria (publicaciones en antologías, dirección de talleres, participación en eventos, etc.). Se podrán presentar proyectos de creación literaria tanto de obras dirigidas a público adulto como a niños, niñas y jóvenes, a ser ejecutado en un plazo no superior a seis meses.

Asimismo, deberá describir específicamente el trabajo literario al cual se dedicará en el período de ejecución de la beca; señalando brevemente la temática y características principales de la propuesta de creación literaria o conclusión de una obra. Los postulantes deberán acompañar a su solicitud, un capitulo de la obra o parte del poemario que se proponen concluir, o trabajos literarios que el autor haya realizado anteriormente.

Financiamiento:
Monto de la Beca: $ 3.000.000

Requisito para ambas categorías:

Los o las postulantes deben considerar su disposición para retribuir al Estado con talleres, charlas, conferencias, lecturas públicas u otras formas de extender el beneficio a la comunidad, a petición del Consejo Nacional del Libro y la Lectura o del Consejo Regional de la Cultura y las Artes que corresponda

 

5. APOYO AL PERFECCIONAMIENTO.

Podrán postular los siguientes profesionales: Profesores, bibliotecarios y escritores, en las siguientes sub áreas

5.1. Eventos de perfeccionamiento. Comprende actividades tales como seminarios, jornadas y otros, de una duración inferior a cinco días, destinadas a la capacitación profesional, dirigidas a profesores, educadores, bibliotecarios; editores, creadores, personal de bibliotecas y agentes del ámbito del libro y la lectura Los proyectos deben especificar claramente los mecanismos a través de los cuales los distintos agentes del quehacer del libro y la lectura, así como el público en general, participarán en dichos eventos

Financiamiento: Monto máximo de postulación $ 12.000.000

5.1. Jornadas de perfeccionamiento profesional, bajo sistema de pasantitas para profesores/as y bibilotecarios/as titulados. Podrán postular entidades de reconocida competencia para presentar iniciativas de perfeccionamiento especializado en metodologías de promoción y animación a la lectura, con duración de al menos quince días y máximo treinta. El programa deberá incluir ponencias y participación de reconocidos expertos nacionales y extranjeros en el ámbito de la promoción de la lectura. Los cursos podrán realizarse en cualquier región del país, pero deberán considerar la asistencia de profesionales a nivel nacional. Asimismo, la entidad ejecutora deberá asegurar la asistencia gratuita de treinta y cinco (35) profesionales de diversas reglones. La asistencia al evento será determinada bajo la modalidad de becas de pasantías, bajo convocatoria publica a cargo de la entidad ejecutora, la que deberá explicitar en la propuesta los criterios de selección de los becarios/as. Deben considerar traslados, alojamiento, alimentación, viático, materiales, participación y certificación académica. Serán requisitos indispensables que los becarios presenten sus antecedentes de postulad6n directamente a la entidad ejecutora y sean profesionales que trabajen directamente con niños, niñas y jóvenes, tanto en bibliotecas públicas y escolares, en el caso de bibliotecarios/as; y en aulas o bibliotecas escolares, en el caso de profesores/as.
Quedan excluidos de postular a las becas aquellos profesionales que fueron favorecidos con becas de pasantías otorgadas por el Consejo Nacional del Libro y la Lectura durante los años 2002 y 2003.

Las entidades deberán presentar obligatoriamente programa de actividades (conferencias, visitas a centros bibliotecarios, etc ), contenidos y currículos de los expositores, además de currículo institucional. Asimismo deberán acreditar lugar de realizaci6n del evento y adjuntar sistema de distribución de la beca.

Financiamiento: Monto máximo de postulación: $30.000.000.

5.2. Programa de pasantías de escritores visitantes. Los postulantes a este programa deben considerar la ejecución del proyecto en una provincia chilena distinta a la de su residencia habitual, para desarrollar ?por un penado no menor a tres meses? un proyecto que apoye el perfeccionamiento local en el ámbito del libro y la lectura; a través de actividades tales como talleres, charlas, conferencias y/o lecturas programadas en la comunidad.

Financiamiento: Monto de la Beca: $2.000.000.

Documentación: La postulación deberá acompañar de manera obligatoria los siguientes antecedentes Documentos de las instituciones respectivas que garanticen el compromiso de brindar a los ejecutores de los proyectos, facilidades de lugar y horario para desarrollarlos, de lo contrario no cumplirá con los requisitos de admisibilidad del concurso, siendo descartada de plano, sin derecho a ulterior redamo.

III. PARTICIPANTES.

Podrán participar en este concurso Personas naturales y Personas Jurídicas según lo estipulado en cada una de las áreas de postulación individualizadas en el punto 11 de las presentes Bases.

a) Las personas naturales o jurídicas deben postular sus proyectos en las sedes de los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes que correspondan a sus domicilios. En el caso de la Reglón Metropolitana, los proyectos deberán ser presentados en la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, ubicada en calle Fray Camilo Henríquez N° 262, tercer piso, Santiago.

b) En el caso de proyectos presentados por personas naturales, se entiende que quien presenta el proyecto es el RESPONSABLE del mismo, es decir, será quien suscribirá el convenio de ejecución del proyecto con el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, y velara por la correcta y completa ejecución del mismo según los objetivos y actividades planteadas en la postulación.

c) En el caso de proyectos presentados por personas jurídicas, se entiende que el RESPONSABLE del proyecto es su REPRESENTANTE LEGAL debidamente acreditado.

 

IV. PRESENTACION DE PROYECTOS.

a) El plazo de postulación se inicia el 23 de abril del 2004, Dla Mundial del libro y el Derecho de Autor, y se cierra impostergablemente el 31 de mayo del 2004 a las 17:00 horas, en todo el país.

b) Los proyectos deberán ser presentados de acuerdo a los formularios de postulación correspondientes al año del llamado del concurso elaborados por la Secretaria ejecutiva del Consejo, los que serán entregados conjuntamente con estas bases, debidamente foliados. Las personas naturales deberán presentar sus proyectos en formularios de Persona Natural y las personas jurídicas en formularios de Personas Jurídicas. De lo contrario serán declarados fuera de bases y eliminados del concurso.

c) Los proyectos deben presentarse en el formulario original más dos (2) copias, escritos de preferencia a maquina, o bien en letra imprenta legible. No se aceptarán formularios intervenidos ni con alteraciones al formulario original. El RESPONSABLE del proyecto recibirá un comprobante de recepción en el que se dejará constancia del titulo y número del proyecto, la individualización de los postulantes y la fecha de recepd6n. En el caso de anexar al formulario de postulación antecedentes adicionales y otros materiales, deberán adjuntarse dos (2) copias de los mismos.

d) Tratándose de personas jurídicas se deberá adjuntar la documentación que acredite su vigencia y representación legal, validos a la fecha de postulación (Marzo de 2004) según se indica a continuación:

- Organizaciones sindicales y organizaciones de empleados de la Administración del Estado: Certificado otorgado por la Inspección del Trabajo que acredite su vigencia y la individualización de sus representantes.

- Corporaciones y Fundaciones: Copia autorizada del decreto que otorga la personalidad jurídica y certificado de vigencia de la misma y de su representación legal, documentos que son otorgados por el Ministerio de Justicia.

- Organizaciones comunitarias, territoriales o funcionales (Juntas de Vecinos, Clubes Deportivos y otros): Certificado de vigencia e individualización de sus dirigentes, otorgados por la Municipalidad respectiva. ? Asociaciones Gremiales: Certificado vigente de la Inscripción de la Asociación en el Ministerio de Economía.

- Personas Jurídicas de Derecho Público: Norma legal que concede la personalidad jurídica y copia del acto administrativo en que se designe al representante legal. ? Universidades e instituciones de educación superior: Certificado de vigencia.

- Sociedades: Extracto de la escritura de constituci6n publicada en el Diario Oficial, copia autorizada de la escritura de constitución y copia autorizada de la escritura que designa a los representantes legales a la fecha de postulación. Las Sociedades Comerciales deben adjuntar, además, un certificado de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, que acredite su vigencia.

- En el caso de instituciones existentes en virtud de una Ley, sólo será necesario adjuntar a la postulación el decreto que designa e individualiza a su actual representante legal.

e) Las personas naturales o jurídicas podrán presentar proyectos en una (1) o varias áreas del concurso, sin embargo, cada iniciativa postulada deberá presentarse en formularios independientes.

V. EVALUACIÓN, SELECCION Y ADJUDICACIÓN DE LOS PROYECTOS.

a) Los proyectos serán evaluados por el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, el que se hará asesorar por evaluadores extemos, expertos en las diversas áreas. que emitirán un informe previo de evaluación de los proyectos presentados.

b) Integrantes del Consejo Nacional del Libro y la Lectura. De acuerdo a la Ley N° 19 227, el Consejo está integrado por el Ministro de Cultura, Sr. José Weinstein Cayuela, quien lo preside; Sr. Aifonso Calderón Squadritto, representante del Presidente de la República; Sra. Carolina Rivas Cruz, representante del Ministro de Educación; Sra. Clara Budnik Sinay, Directora de Bibliotecas, Archivos y Museos; Sr. Oscar Quiroz Mejias y Sra. Diamela Eltit, en representación del Consejo de Rectores; Sr. Jorge Pavéz Urrutia, en representación del Colegio de Profesores A.G.; los Sres. Carios Ossa Budge y Arturo Infante Reñasco, en representación de la Cámara Chilena del Libro AG.; la Sra. Marcia Marinovic Simunovic, en representación del Colegio de Bibliotecarios AG.; y los Sres. Fernando Quilodrán y Reinaldo Arriagada Marchant, en representación de la Sociedad de Escritores de Chile.

c) El Consejo procederá a evaluar el conjunto de proyectos presentados y seleccionará, en un plazo máximo de sesenta días, aquellos que serán beneficiados con los recursos del fondo. Entre los criterios que utilizaré el Consejo para la selección de los proyectos se considerarán los siguientes aspectos: calidad técnica, factibilidad, impacto, coherencia, proyección, idoneidad de los ejecutores y aporte al acervo cultural local o nacional.

d) El Consejo, en uso de sus facultades, podrá declarar desierto todo o parte de este concurso, y no estará obligado a indemnizar en caso alguno a las personas naturales o jurídicas que hayan presentado proyectos. Se entiende que por el sólo hecho de participar en el concurso, las personas naturales o jurídicas que hayan postulado renuncian a ejercer cualquier acción judicial o extrajudicial de carácter indemnizatorio.

e) El Consejo, dentro de los diez días siguientes al término del proceso de selección de los proyectos, notificará el resultado del concurso a través de un medio de comunicación de circulación nacional y lo publicará en el sitio www.consejodelacultura.cl

Vl. FINANCIAMIENTO.

a) El Consejo Nacional del Libro y la Lectura podrá financiar parcial 0 totalmente los proyectos Para la asignación de los recursos, el Consejo podrá readecuar los montos de los presupuestos que hayan sido presentados por los responsables de los proyectos El Consejo no podrá rebajar más del 20% del monto solicitado. b) Los gastos estimados para la realización de los proyectos deben ser divididos en tres ítem:

Recursos de Inversión: consistentes en la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten luego de su conclusión. En este ítem podrán incluirse gastos de: adquisición de libros, adquisición de equipos, infraestructura y habilitaciones de carácter permanente, especificando con claridad la composición de cada uno de ellos El responsable del proyecto deberá acompañar al formulario las tres (3) cotizaciones respectivas y obligatorias.

Gastos de Operación: Se consideran aquellos que sean necesarios para la realización del proyecto, distintos de los honorarios de los ejecutores. En este ítem podrán incluirse gastos como remuneraciones menores a personal adicional, pasajes, viáticos, fletes, arriendo de equipos, material fungible y otros.

Honorarios: Que deberán ser percibidos por los ejecutores de los proyectos. Su monto debe considerarse
razonable y no podrá exceder de $450.000. (cuatrocientos cincuenta mil pesos) mensuales por cada ejecutor o

co-ejecutor, impuestos incluidos, considerando el tiempo de dedicación a la ejecución del mismo. En el caso del
área de Fomento Bibliotecario, se considerará un sólo ejecutor responsable afecto a honorarios. El Consejo,
financiará HONORARIOS con un tope de hasta seis meses en todas las áreas de postulación.

c) Los recursos con que el Consejo concurra a financiar los proyectos seleccionados, se entregarán de acuerdo con la modalidad determinada por el Consejo, según la naturalaza de cada proyecto.

d) Los recursos que se otorguen deberán ser caucionados mediante una letra de cambio a la vista, firmada ante notario por igual monto y extendida a favor del Ministerio de Educación, la que cada beneficiado entregara al momento de la suscripción del convenio.

Vll. DERECHOS Y 0BLIGACIONES.

a) Una vez seleccionado un proyecto, el o los representantes de éste, deberán firmar un convenio de ejecución con el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, representado por el Presidente de dicho Consejo en el caso de la Región Metropolitana, y por el respectivo Director Regional de Cultura en las demás regiones del país. El convenio contendrá los derechos y obligaciones de ambas partes.

b) Dicho instrumento establecerá que los recursos sean destinados exclusivamente a los objetivos previstos en el proyecto o en su readecuación; determinará los plazos de elaboración de los informes de avance y final de éste, así como el plazo de duración o ejecución del mismo; precisará la modalidad de entrega de los recursos, y la forma en que se debe señalar de manera visible y clara que las obras o actividades a que den origen los proyectos seleccionados, se financian con el aporte del Consejo Nacional del Libro y la Lectura.

c) Los responsables de los proyectos seleccionados deberán suscribir el respectivo convenio de ejecución en un plazo máximo de 15 días a partir del día de la publicación del elenco de personas beneficiadas en un medio de comunicación de circulación nacional, si no concurriere a la firma del convenio se entenderá que renuncia a recibir los recursos asignados para dicha iniciativa, quedando el Consejo Nacional del Libro y la Lectura facultado para reasignar los recursos.

d) El Consejo Nacional del Libro y la Lectura, si lo estimare conveniente y según la naturaleza y posibilidades de cada proyecto, podrá acordar un sistema de retribución de los recursos recibidos, tales como la entrega parcial o total del resultado del proyecto, la cesión temporal de derechos, representaciones u otros semejantes, que sean para el beneficio de la comunidad.

VIII. OTRAS CONDICIONES.

Las Personas Naturales y Jurídicas que a la fecha de apertura del Concurso, tuviesen proyectos pendientes con el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, quedarán fuera de concurso.

Las personas Naturales que hubiesen ganado Proyectos en años anteriores financiados por el Consejo, deberán postular iniciativas diferentes a las previamente adjudicadas.

Si existieran compromisos o convenios suscritos con terceros, tanto para la realización como para el financiamiento del proyecto, éstos deberán ser debidamente documentados y adjuntados al formulario de postulación.

En el caso de que un proyecto involucre derechos de propiedad intelectual de terceros, corresponderé a su responsable el cumplimiento de la normativa vigente sobre Derecho de Autor, sin perjuicio de lo indicado, se deberé acompañar autorización expresa del titular de los derechos, con firma autorizada ante notario público.

En el caso de adquisición de bienes es de carácter obligatorio la presentación de tres cotizaciones debidamente acreditadas, su no presentación dejará a los postulantes fuera de concurso.

En todos los proyectos deberán indicarse los beneficiarios reales, estratificados por edad y sexo.

Los documentos de postulación no serán devueltos.